Para facilitar todavía más el pago entre particulares y acabar con posibles ‘gorrones’ que pretendan escaquearse a la hora de pagar sus deudas, nace Tap to cash, la nueva función de Apple mediante la que sus usuarios podrán tanto enviar como recibir dinero en su dispositivo de la forma más sencilla posible.
La compañía lo ha dado a conocer durante la Apple Worldwide Developers Conference (WWDC), su conferencia anual para desarrolladores, explican desde la web de Cadena Ser, desde donde añaden que se trata de una nueva función que «estará integrada dentro de Apple Pay, el servicio que nos permite pagar con el móvil a través de la tecnología NFC».
Pero aún no está disponible, tendremos que esperara hasta otoño para poder empezar a utilizarla y hacerlo será tan sencillo como acercar nuestro móvil al de la persona a la que queremos pagar o que queremos que nos pague, así de fácil. No tendremos que compartir ningún tipo de dato con nadie, ni número de teléfono, ni correo electrónico ni mucho menos el número de nuestra tarjeta de crédito.
US-only but you can now transfer Apple Cash to people with just a tap & without sharing your info. #WWDC24 #iOS18 pic.twitter.com/qeSvWycWsc
— Ishan Agarwal (@ishanagarwal24) June 10, 2024
Bastará con colocar tu móvil sobre el de la otra persona con la cantidad indicada y el iPhone se encargará del resto. En cuestión de segundos, el dinero pasará de una cuenta a la otra como por arte de magia, explican desde el mismo medio.
Desde la compañía han explicado que el primer lugar donde se va a instaurar es Estados Unidos, desde dónde se extenderá a otros países. Es decir, de momento en España tendremos que seguir esperando y conformarnos con seguir usando el Bizum hasta que llegue Tap to cash.
© Sociedad Española de Radio Difusión, S.L.U
© Sociedad Española de Radiodifusión realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre.