Así es la prestación a la que pueden optar algunas amas de casa: puede ascender hasta 7.250 euros anuales

Hay que cumplir algunos requisitos para poder solicitarla

Ana Más

Aunque está cargado de responsabilidad, el trabajo de ama de casa no tiene ningún reconocimiento ni mucho menos derecho a una pensión de jubilación como en el caso del  resto de trabajadores y profesiones, que si tienen derecho a esta prestación.

Sin embargo, a pesar de no estar dadas de altas en la Seguridad Social, ni cotizar para tener una pensión contributiva, sí hay una prestación a la que tienen derecho las amas de casa, en algunos casos: la pensión NO contributiva, que está destindada precisamente a aquellos que no han alcanzado el periodo mínimo de cotización y carecen de recursos suficientes.

Desde la web de la Seguridad Social explican que: «Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo».


Requisitos para poder solicitar este tipo de prestación

A young housewife recalculates the money she has saved for the household budget. A woman checks dollar bills at home in the kitchen.

 

Su importe está fijado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y para este año 2024 se estableció en 7.250,60 euros anuales, en 14 pagas, esto supone una pensión mensual de 517,90 €, explican desde 20Minutos.

Este tipo de prestación se debe solicitar a través de las oficinas de servicios sociales de cada Comunidad Autónoma. En las webs de servicios sociales o política social de cada comunidad ofrecen más información del procedimiento. Desde el mismo medio detallan los requisitos para poder optar a este tipo de prestación, que son los siguientes:

  • Que los ingresos del solicitante sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.
  • Si convive con familiares, percibir menos de: 12.326,02 euros (2 convivientes), 17.401,44 euros (3 convivientes) y 22.476,86 euros (4 convivientes).
  • Si esos convivientes son hijos, las cifras son otras: 30.815,05 euros (2 convivientes), 43.503,60 euros (3 convivientes) y 56.192,15 euros (4 convivientes).
  • Tener 65 años
  • Haber residido en España durante al menos diez años y dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

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