No vas a ser el primero ni el último que se encuentre su plaza de garaje ocupada por otro coche y que por ello te toca estacionar tu coche en la calle. Además, puede que incluso esta acción se repita cada día y que el vecino te siga molestando durante demasiado tiempo. Para que este problema no se haga más grande de lo necesario lo mejor es que conozcas lo que dice la ley.
Lo primero que deberías saber es que en caso de que te ocurra a ti, no puedes llamar a la policía para que acuda la grúa a retirar el vehículo, ya que estamos hablando de una propiedad privada y no se encuentra en la vía pública. Sin embargo, el Código Penal te puede servir de ayuda para resolver este caso.
El artículo 245.2 del Código Penal recoge que el acto de aparcar en una plaza de garaje que no es de tu propiedad es un delito de usurpación de la propiedad privada. «El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses».
El tema del aparcamiento es confuso en varios casos. Uno de ellos es cuando se trata de los garajes que no cuentan con la señalización de vado. ¿Se puede o no aparcar en esa puerta? Pues según el artículo 91.1 del Reglamento General de Vehículos «la parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía«. Entonces, no te la juegues. Aunque un garaje tenga o no la señal de vado permanente, estará permanentemente prohibido aparcar bloqueando el acceso al lugar.
El vado permanente es una licencia que otorgan los ayuntamientos para reservar un espacio de la vía pública que está destinado (en la mayoría de casos) para la salida y la entrada de coches de una propiedad.