Estamos en esa época del año en la que acabamos de empezar a disfrutar del horario de verano (y las horas más largas de sol), pero también nos adentramos en ese temido momento para muchos de hacer las cuentas.
Sí, la campana de declaración de la renta 2023-2024 se acerca. Este año, además, la Agencia Tributaria ha adelantado la fecha de arranque al miércoles 3 abril. También será la más longeva, ya que finaliza el lunes 1 julio, es decir, que contamos con casi tres meses para hacer el trámite.
Ahora bien, esta no es la única sorpresa que nos encontraremos en esta campaña:
Como ya sabrás, no todos los ciudadanos españoles están obligados a presentar el borrador, sino solo aquellos contribuyentes que cumplan con determinados requisitos. Para empezar, solo están obligados a hacerla los trabajadores por cuenta ajena que, teniendo un solo pagador, ganen más de 22.000 euros brutos al año.
Lo nuevo viene en el caso de los empleados con más de un pagador, quienes antes debían declarar Hacienda solo si en el año anterior se habían embolsado 14.000 euros brutos. Un límite que en esta campaña ha subido a los 15.000 euros.
Además, para esta campaña de 2023-2024 también deberán presentar el borrador todos los autónomos y los trabajadores del mar, independientemente de los ingresos obtenidos.
Otro de los cambios va para los autónomos, ya que en esta declaración de la renta los gastos de difícil justificación se podrían elevar hasta el 7% del total declarado, cuando el año anterior eran del 5%.
Según ha podido explicar Paula Urcera, responsable del área fiscal de Tax Down, a RTVE, las rentas altas también notarán un ligero cambio este año, ya que se añade un nuevo tramo en el gravamen al ahorro.
A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).
En cuanto a los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también se suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, en el que se aplica un tipo del 28%.
Además, con la nueva ley de ‘startups’ se puede llegar a deducir un 50% de hasta 100.000 euros en participaciones o acciones en empresas de nueva o reciente creación, mientras que antes era de un 30% sobre 60.000 euros.
Por último, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los artistas y al 0,8% por las rentas obtenidas en Ceuta, Melilla y, este año, también la isla de La Palma.
Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, es suficiente con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos.
Además de este cambio, se suma a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años.
“Hay que mirarse bien los requisitos que exige cada comunidad y tener la documentación”, apunta Urcera en cuanto a las deducciones autonómicas en materia de vivienda y, sobre todo, de alquiler.
Estas, además, se introducen de forma manual en las casillas. Por eso, la Agencia Tributaria ha publicado una guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2023.
Asimismo, este año autonomías como La Rioja y la Comunidad Valenciana permiten deducirse los gastos del gimnasio u otras actividades deportivas. Mientras que en Canarias y Cantabria existen deducciones por “gastos de enfermedad”, y en Asturias se han incluido las ayudas a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
También la Comunidad de Madrid permite deducirse en la renta el pago de intereses de préstamos de estudios de grado, máster o doctorado, mientras Aragón o Asturias, entre otras, incluyen la adquisición de libros de texto y material escolar.
Algo bueno para quienes hayan comprado un coche eléctrico o han instalado en su casa un punto de recarga es que pueden llegar a deducirse un 15% en la declaración de la renta que se aplica sobre una base máxima de 20.000 euros en el caso coches, motos, etc., y hasta 4.000 euros anuales en los puntos de recarga.
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