¿Hasta qué edad se puede conducir en España?

Novedades DGT: enfermedades con las que no podrás renovar ni sacarte el carnet de conducir

Hay algunas dolencias que simplemente requieren un mayor seguimiento

Ana Más

Conducir con el carnet caducado puede acarrearnos multas de hasta 200 euros. En España renovamos el carnet de conducir cada diez años y para hacerlo se deben superar un test psicotécnico y pasar en un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado un reconocimiento médico, además de abonar unas tasas a la Dirección General de Tráfico.

Para que nos renueven el permiso de conducir hemos de pasar con éxito ambas pruebas. Por lo que respecta a la segunda, el reconocimiento médico, la DGT ha publicado un listado de enfermedades que impiden ponerse al volante de un coche o cualquier otro vehículo a motor en las carreteras de nuestro país, por el peligro que esto supone o que exigen que se renueve antes de los diez años.

El listado recoge nueve categorías de enfermedades: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas. Aunque el diagnóstico de una enfermedad no supone la incapacidad del conductor de volver a conducir. Desde el organismo oficial explican que en algunos casos «dependerá de la evolución de la enfermedad y de la condición física del paciente», que deberá ser evaluado con más frecuencia que el resto de conductores.

Con estas dolencias tienes que renovar el carnet antes

La DGT ya no multará por conducir sin carnet
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Las enfermedades respiratorias también están entre las que la DGT ha incluido en su listado, entre ellas la apnea del sueño y la disnea permanente en reposo o esfuerzo leve, que no permite al «conductor renovar su permiso de conducir», explican desde El Economista. Las crisis y pérdida de conciencia también son incompatibles con la conducción, y la epilepsia y el accidente isquémico transitorio, son de especial vigilancia, lo mismo que el trasplante renal y la nefropatía con diálisis, que exigen especial seguimiento médico del conductor.

Las enfermedades vasculares, la disección o el aneurisma de grandes vasos requieren la renovación más frecuente del permiso de conducir, además de la aprobación del especialista, lo mismo que en el caso de los pacientes que se enfrenten a trastornos oncohemáticos y a dolencias oncológicas.

Las personas con hipotiroidismo, paratiroides, y diabetes dependientes de la insulina renovarán su carnet según sea la evolución de la enfermedad. Las arritmias, infartos agudos, y aquellos pacientes que porten marcapasos, prótesis valvulares o desfibriladores automáticos, deben contar con una vigilancia especial de su evolución médica para renovar su permiso de conducir.

Desde la DGT explican que las dolencias relacionadas con las «enfermedades mentales y la demencia» les preocupan especialmente. Y es que el riesgo de que «un conductor de edad avanzada y con los primeros signos de esta enfermedad degenerativa cometa una infracción o se vea involucrado en un accidente es de 2,5 a 8 veces mayor que en personas sanas», explican desde el mismo medio.

Por otra parte, con una enfermedad psiquiátrica el conductor no tendrá permitido ponerse al volante de ningún vehículo, excepto si es un trastorno leve y cuenta con un informe médico favorable. Las personas con Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica (ELA), temblor esencial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (epoc), distrofia muscular, osteoporosis, Parkinson o artritis reumatoide, tampoco pueden conducir.

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