Este año, la declaración del ejercicio de 2023 presenta varias novedades. La principal de ellas, es el plazo de presentación, más largo que en los últimos años ya que comienza 8 días antes que en 2023 y finaliza un día después. Así pues, el plazo para la liquidación del IRPF comenzará el próximo 3 de abril y se alargará hasta el próximo 25 de junio.
Además de ampliar el plazo para presentar la declaración de la renta, este año los umbrales de los sueldos también cambian, según las medidas fiscales que el ministerio de Hacienda explicaba hace unos meses. Por consiguiente, todos aquellos que tengan rentas inferiores a los 15.000 euros podrán no presentar el IRF. Un valor que antes estaba fijado en los 14.000 euros.
Por otro lado, todos aquellos que durante el 2023 se comprasen un vehículo —ya sea coche o moto— eléctrico podrán optar a una deducción de hasta el 15% si han entregado el 25% del valor de compra. También disminuirá el 15% la instalación de un punto de recarga en una vivienda en propiedad para vehículos eléctricos.
En cuanto a las donaciones a ONG permitirán deducciones de hasta el 80%, mientras que pertenecer a un partido político deducirá hasta un 20%.
Deben presentar la declaración de la renta todos aquellos que durante el ejercicio de 2023 hayan tenido rendimientos íntegros del trabajo superiores a 22.000 euros. Esto es así bien ya sea todos aquellos que lo hayan recibido en un único pagador o si se tiene varios pagadores, pero todos suman la cantidad percibida del segundo y restante no supera en conjunto los 1.500 euros anuales.
Seguramente muchos estén con la duda de si la declaración de la renta les va a salir a pagar o a devolver. Pues bien, a partir de este 10 de marzo, a partir de las 12:00 horas, se podrá acceder para consultar los datos fiscales del ejercicio 2023.
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