Una medida que, en este caso, entrará en vigor en el mes de abril, y que afecta a aquellos trabajadores que perciban menos de 1.350 euros mensuales de sueldo, ya que gracias a este ‘apoyo al empleo’, podrán cobrar además el paro.
Es decir, se podrá compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un trabajo por cuenta ajena, tanto a jornada completa como parcial, siempre que el salario del trabajador no supere el 225% del IPREM (que actualmente son 1.350 euros mensuales). Además, será necesario que el paro aprobado que estemos consumiendo fuera concedido por un periodo superior a 12 meses (1 año) y que hayan transcurrido al menos nueve meses desde el inicio de la percepción.
La cuantía inicial del complemento «será del 80% del IPREM (480 euros al mes en jornadas completas), pero decrecerá con el tiempo en función del tipo de jornada laboral», explican desde Noticias Trabajo y añaden que «lo que se podrá cobrar de paro mientras se está trabajando, varía en función del trimestre en el que se encuentre el beneficiario y de la jornada laboral«. Algo que resumen en el siguiente cuadro:
Trimestre | CAE. Empleo a tiempo completo (% IPREM) | CAE. Empleo parcial ≥ 75% de la jornada (% IPREM) | CAE. Empleo parcial < 75% y ≥ 50% de la jornada (% IPREM) | CAE. Empleo parcial < 50% de la jornada (% IPREM) |
---|---|---|---|---|
1er trimestre | 80 % | 75 % | 70 % | 60 % |
2º trimestre | 60 % | 50 % | 45 % | 40 % |
3er trimestre | 40 % | 35 % | 30 % | 25 % |
4º trimestre | 30 % | 25 % | 20 % | 15 % |
5º trimestre y siguientes | 20 % | 15 % | 10 % | 5 % |
Además, no se podrá compatibilizar el trabajo por cuenta ajena con el subsidio en estos casos, explican desde el SEPE:
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