Carreteras.

Si tienes uno de estos coches no podrás circular por Madrid a partir del uno de enero

Te enfrentas a multas de 200 euros si lo haces

Ana Más

De los 26 millones de vehículos que existen en nuestro país, una cantidad muy elevada superan los veinte años, aunque de momento muchos de estos coches siguen circulando y decimos de momento porque a partir del próximo uno de enero de 2025, dejarán de hacerlo, concretamente en Madrid.

Y es que a partir de esa fecha no podrán circular por las calles de varias ciudades, de acuerdo a la normativa de la ZBE (Zonas de Bajas Emisiones), los vehículos  de gasolina matriculados antes de 2000 y los de diésel matriculados antes de 2006, explican desde Economía Digital.

Y es que a las zonas de bajas emisiones solo se puede acceder con vehículos que sean respetuosos con el medio ambiente. Hay cuatro etiquetas ambientales para reconocerlos:  la azul y la verde son las más eficientes (indican 0 emisiones), y la  C y B son de gasolina y diésel matriculados desde cierto periodo. De hecho hay vehículos con etiquetas C y B, «pero sus matrículas son mucho anteriores a la fecha establecida, por lo que dejarán de circular desde el próximo año definitivamente», explican.

En Madrid estos coches no podrán circular de la M-40 hacia dentro

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Por lo que se refiere a Madrid, el pasado día 1 de julio terminaba el periodo de aviso y el Ayuntamiento de la ciudad empezó a sancionar la circulación de todos los vehículos más contaminantes, aquellos que no tienen derecho a etiqueta y que son clasificados como A.

Desde el 1 de enero de 2025 estas restricciones se ampliarán  a los vehículos que estén empadronados en Madrid o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM), que hasta ahora estaban exentos. Es decir Madrid multará a «todos los vehículos turismo con clasificación ambiental A y del grupo 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno)», además de prohibir los accesos y circulación de camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores de categoría A, que tampoco han tenido hasta el momento restricciones.

Según la norma, ninguno de estos vehículos podrá circular de la M-40 hacia dentro, pero sí podrán hacerlo por la misma M-40 o por las radiales M-45 y M-50 y la sanción a la que se exponen los conductores de estos vehículos, si no respetan las normas de circulación y acceso a Madrid, es de 200 euros.

 

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