El SEPE ha aclarado a través de sus redes sociales qué ocurre si estamos cobrando una ayuda, bien sea prestación, subsidio o la Renta activa de Inserción y viajamos al extranjero, explicando que «el cobro de la prestación cambiará o no en función del motivo del viaje y su duración».
El organismo público señala que es necesario notificar el desplazamiento antes de la salida, en especila si cobramos una prestación por desempleo. Y es que en caso de no hacerlo nos podemos enfrentar a la suspensión e incluso a la extinción de la prestación.
Desde el SEPE hablan de distintos escenarios, el primero de ellos que viajes por motivos laborales y por una duración de menos de un año. Entonces, «si el traslado dura menos de doce meses continuados, la prestación se suspende, si es superior a doce meses, se extingue«, explican. En el caso de que percibas una RAI y viajes al extranjero para «buscar o realizar un trabajo, para perfeccionamiento profesional o para acciones de cooperación internacional», si el traslado dura menos de seis meses continuados, la prestación se suspende y si es mayor de seis meses, se extingue, explican.
¿Puedo viajar al extranjero si estoy cobrando una prestación, un subsidio o la RAI?
El cobro de la prestación variará según cual sea el motivo y la duración de tu traslado.
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— SEPE (@empleo_SEPE) January 14, 2024
Por otra parte si viajamos al extranjero por motivos laborales y más de un año, el subsidio se extingue y al volver no tendríamos derecho a paro.
Si el viaje es por motivos no laborales y con una duración inferior a 15 días, «la prestación se mantiene, siempre y cuando se informe al SEPE y se realice la correspondiente presentación en la oficina de empleo a la vuelta», explican desde larazon.es. Si superamos los quince días y hasta noventa, se suspende la prestación que se extinguirá si se prolonga sin justificación.
Si nos trasladamos dentro de la UE o Suiza podemos percibir la prestación en el extranjero durante tres meses, que se pueden prorrogar otros tres si lo solicitamos previamente al SEPE y cumpliendo algunos requisitos como inscribirnos en el país de destino como demandantes de empleo.
Y al volver a España, podemos tener derecho aun subsidio como persona emigrante retornada si antes de salir no se estaba cobrando la prestación y si no hemos trabajado en España en los seis años anteriores a la salida. «En caso de haber cotizado entre 90 y 359 días antes del viaje, se accede a un subsidio, mientras que con 360 días cotizados, se tiene derecho a la prestación», explican desde el mismo medio.
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