Simona se encontraba compartiendo directo con otros dos tiktokers y bromeando con ellos cuando, de repente, apareció en el plano una mano y se vio como alguien le daba una fuerte bofetada en la cabeza, y aunque en un primer momento la creadora de contenido aseguró ante la mirada atónita de sus compañeros que se trataba de su padre, a quien no le había gustado que hablase de sus intimidades, finalmente reconoció que se trataba de su marido.
Y fue precisamente cuando acudieron a la Policía cuando los agentes reconocieron al marido de Simona y decidieron detenerle acusado de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia contra la mujer y le obligaron a un juicio cuya sentencia se ha hecho pública este viernes 27 de febrero y ha determinado que el marido de Simona es culpable de la agresión y que deberá pagar una pena de un año de prisión y 3 años de alejamiento forzado de la víctima.
La juez del Juzgado de lo Penal de Soria que encargada del caso ha estimado en la sentencia que recoge hoy la prensa nacional que «el acusado, de una manera pública y notoria, ante miles de personas, agredió a su esposa, con intención de menoscabar su integridad física y de humillarla en público, sin que conste que le causara lesiones, si bien se produjo un maltrato evidente y real».
Además, la sentencia recuerda que, en los casos de violencia degénero no es necesario que la víctima interponga denuncia y sostiene que en este caso «se cumplen todos los requisitos previstos en el art. 153.1 del Código Penal y procede la condena del acusado como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia contra la mujer», pues, tal y como se detalla en el documento al que ha tenido acceso La Vanguardia, «basta con el simple hecho de la retransmisión en directo de la bofetada para que los poderes públicos desplieguen el ámbito de protección de la víctima, con independencia de que ella se reconozca como tal», así como que «el hecho de que la víctima consienta y justifique esa bofetada, no supone que esa agresión no pueda ser castigada», falla la magistrada.
«En los delitos de violencia contra la mujer, como en todos los delitos de lesiones graves, el consentimiento de la persona agredida es irrelevante y procede el castigo en todos los casos», ha recalcado la jueza encargada del caso.
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