Así lo ha recogido la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se recoge el decreto que incluye de forma detallada la convocatoria de las elecciones municipales, que tendrán lugar el 28 de mayo, coincidiendo con las autonómicas en al menos doce comunidades.
Si se opta por esta modalidad de voto por correo, como es lógico ya no podrás ejercer tu derecho a sufragio de forma presencial el día específico de las elecciones electorales. En cualquier caso, aquí te explicamos todo lo que tienes que hacer para solicitar el voto por correo paso a paso:
Después la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará toda la documentación electoral (papeletas, sobres electorales, certificado del censo electoral) por correo certificado a la dirección de casa que se haya indicado previamente.
El proceso para solicitar el voto por correo se ha abierto este martes 4 de abril y finalizará el próximo 18 de mayo, justo diez días antes de que llegue la fecha oficial de las elecciones. Para que lo tengas en cuenta, la documentación electoral por correo certificado se puede entregar hasta 4 días antes del esperado día electoral, es decir, la fecha límite para depositar el voto será hasta el 25 de mayo.
No, una vez que solicitas el voto por correo y ésta es aceptada, no podrás cambiar a la forma presencial para ejercer tu derecho a voto en el día de las elecciones.
Si durante el día de las elecciones estás temporalmente fuera de España y quieres ejercer tu derecho de sufragio, tienes que hacer tu solicitud de la siguiente manera:
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