Desde lainformacion.com explican que los décimos de lotería so a efectos prácticos y legales como un cheque al portador que puede cobrar la persona que tiene físicamente el décimo. Y lo mismo sucede con los décimos compartidos.
Por eso es tan importante dejar constancia de que se trata de un décimo compartido, algo que actualmente solemos hacer por Whatsapp, que aunque es lo más cómodo, no es lo mejor. Sin duda la manera más segura de hacerlo es la de toda la vida, «una fotocopia del décimo junto con el DNI de cada una de las personas que lo comparten». Y es que desde la OCU advierten que si lo hacemos por Whatsapp la fotografía del décimo debe ir acompañada para que sea válida de «los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno».
En cuanto a la tributación de los décimos de Navidad compartidos, es igual que en el caso de que sea un décimo particular, solo que dividida entre el número de participantes.
Hasta 40.000 euros los premios de la lotería de Navidad no tributan, están exentos. «Esto quiere decir que no hay que pagar impuestos por los primeros 40.000 euros de cada décimo premiado. La cantidad sobrante es la que sí tributará a un tipo fijo del 20%.», explican desde el mismo medio.
En cuanto a la manera de cobrar el premio, a partir de 2.000 euros tendremos que hacerlo en una entidad financiera, a la que acudiremos con el décimo. Al cobrarlo nos aplicarán la retención que corresponda por los impuestos y nos ingresarán el resto de dinero en la cuenta.
En el caso de que trate de un décimo compartido, la mejor opción es que todos los premiados vayan al banco a cobrar, así «la entidad sabe cuántas personas comparten el premio y cómo dividirlo, además de comunicar esos datos a la Agencia Tributaria para que esté al tanto», explican desde el mismo medio desde el que matizan que esta es la manera de evitar problemas con Hacienda.
Y es que si cobra el premio una única persona y luego lo reparte con el resto de ganadores, Hacienda entenderá que se trata de una donación y el resto tendrá que tributar por ella en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
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