La Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda estudia el borrador de un nuevo reglamento sobre el sector del taxi. Un reglamento que todavía está pendiente de aprobar por el Consejo de Gobierno de la Comunidad.
El director general de Transportes de la Comunidad de Madrid, José Luis Fernández-Quejo, explicaba que, «En este momento el proyecto se encuentra en el trámite de información pública. Cuando este finalice se estudiarán una por una las alegaciones presentadas», Fernández-Quejo ya se ha reunido con la Federación Profesional del Taxi de Madrid, la Asociación Gremial del Autotaxi de Madrid y la Asociación Madrileña del Taxi.
Una de las medidas que se plantea en el Reglamento es retirar la mítica letra negra que va colocada en ambos laterales traseros del taxi y que indica el día de libranza del mismo, los de la L libran el lunes; los de la M, el martes; los de la X, el miércoles y así sucesivamente.
Hasta ahora los taxis se rigen por una ordenanza municipal que regula su circulación y en la que tal como detallan desde okdiario.com, «encontramos en el Anexo V un apartado referido a «Pinturas, distintivos y adhesivos» que pueden llevar los vehículos».
En su punto 1.3 dicha ordenanza regula estas letras que indican la libranza de cada taxista, que tal y como se explica en la misma «las letras empleadas para los distintos días de libranza obligatoria serán las iniciales en mayúsculas de los diferentes días de la semana, de lunes a viernes, adoptándose la X para los miércoles».
Es decir, estas letras mayúsculas regulan los días de descanso de cada taxi que circula por la ciudad de Madrid. Los taxistas madrileños tienen estipulado un día obligatorio para descansar y su taxi no podrá estar en circulación ese día, o por lo menos, no como transporte de pasajeros.
Ahora tal y como explican desde lasexta.com, «Con el nuevo reglamento, los taxistas librarían un día entre semana y otro en fin de semana, por lo que la letra perdería su razón de ser…El nuevo sistema de libranzas del este reglamento también detalla que tienen que librar la mitad de los festivos y 15 días de agosto. Pero contempla que puedan trabajar todos los días y cuantos días quieran (excepto lo anterior especificado).»
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