Antes de nada veamos qué es un permiso laboral retribuido, desde elabogado.com explican que, «Un permiso retribuido es un tipo de permiso laboral que otorga al trabajador el derecho a ausentarse de su puesto de trabajo durante un determinado período de tiempo, mientras continúa recibiendo su salario». Para este año 2023 se prevén algunas novedades en los permisos laborales retribuidos.
Matrimonio, fallecimiento, hospitalización o enfermedad grave de parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, traslado de domicilio habitual, desempeño de funciones sindicales o de representación de personal y la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, son algunos de los supuestos en los que el trabajador tiene derecho a disfrutar de uno de ellos.
Sin embargo, este tipo de permisos van a experimentar alguna que otra modificación este año, en lo que se refiere a cuándo se inician.
Desde espanadiario.com explican que «El origen de este cambio se localiza en una sentencia del Tribunal Supremo, que determinó el periodo concreto en el que deben iniciarse esas autorizaciones. Ya fuera por una defunción, matrimonio o atención a un familiar.»
Una controvertida sentencia sin duda ya que supone una pérdida de derechos para los trabajadores al determinar que el permiso laboral retribuido puede comenzar en un día no laborable si concurren las causas que lo provocan. Es decir si una persona pierde a un ser querido un sábado o domingo, el permiso remunerado al que tiene derecho comenzará a contar desde esa fecha o si se casa en sábado o domingo el permiso empieza a contarle el día de la boda.
Aunque tal y como explican desde elespanol.com, «esta circunstancia se genera si el convenio colectivo al que están acogidos la empresa y el trabajador incluye más días para los permisos laborales que los que marca el Estatuto de los Trabajadores. Y siempre y cuando no conste otra condición en el convenio colectivo, claro….En cambio, si el número de días de los permisos retribuidos es el mismo que marca el Estatuto de los Trabajadores, el tiempo se empieza a ‘gastar’ solo a partir de primer día laboral».
Por su parte en declaraciones a este medio, Agustín Benavent, de Ceca Magan Abogados, explica que se ha generado una discusión judicial a causa de estos casos, que atribuye a la falta de concreción en los convenios colectivos e insiste en que «los mínimos» al respecto están reflejados en el Estatuto de los Trabajadores.
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