Tanto si eres como de los que los creas como de los que los sufre, los niveles de ruido permitidos en España están recogidos en la Ley 37/2003. Esta normativa tiene como objetivo reducir la contaminación acústica y vigilar que no se han excedido de los límites, ya que de lo contrario podrás recibir una sanción que va desde los 601 a los 300.000 euros, según sea el tipo de infracción.
A rasgos generales solo está permitido la barahúnda de lunes a viernes de 08:00 a 22:00 horas. En el caso del fin de semana o de días festivos, estos horarios se acortan, y solo se puede hacer ruido de 09:30 a 21:00 horas.
Sin embargo, aunque esta es la creencia popular la Ley de Ruido recoge que son las propias comunidades autónomas y los municipios los encargados de establecer las propias normas y los niveles de ruido permitidos. Por lo que este tema variará de un territorio a otro.
En el caso de la Comunidad de Madrid el horario permitido para hacer desplazamientos de muebles, obras y fiestas es de 08:00 a 21:00 horas de lunes a viernes, aunque los fines de semana el horario de cierre se extiende media hora más, limitándolo a las 21:00 horas.
Andalucía también cuenta con su propia regulación sobre la contaminación acústica, coincidiendo con el de Madrid. Aunque existen diferencias en algunas capitales de provincia como Sevilla, donde el ruido solo está permitido de 08:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas; y Málaga, que lo ha ampliado una hora más el horario de cierre, de 08:00 a 22:00 horas.
Cataluña deja a cada municipio establecer su propia legislación. Por ejemplo, Barcelona recoge que solo se puede hacer ruido de 08:00 a 21:00 horas. Algo que en otras ciudades españolas también varía como en Bilbao, San Sebastián, Valencia o Zaragoza, en las que solo se podrá ruido en casa hasta las 22:00 horas.