Desde su propio portal web, la propia institución ha sido la encargada de explicarlo. En la sección de Campaña de la Renta se puede ver que hay un mensaje muy claro para los perceptores de esta renta garantizada: “Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos”.
La Agencia Tributaria explica detalladamente que esta renta garantizada en sí misma está exenta en el IRPF, pero que sus beneficiarios están obligados a presentar la declaración sí o sí y con independencia de si tienen o no más ingresos mensuales. También alertan de que las cuantías de trabajo que superen los 12.159,42 euros también tendrán que declararse en la renta de este año. De hecho, en el caso de la IMV, como de cualquier otro tipo de ayuda por parte de las administraciones públicas, todos los que la perciban deberán sólo presentar la declaración.
El acceso para empezar a presentar las declaraciones de la renta de forma online se dará este próximo martes 11 de abril, aunque habrá que esperar unos días más, concretamente, al 5 de mayo para hacer la presentación por teléfono, pidiendo, eso sí, cita previa antes.
Para las citas presenciales habrá que agendarse el 1 junio, ya que para entonces se podrá disfrutar de este servicio gratuito. Aunque para ello habrá que pedir también cita previa. La campaña acaba el 30 de junio.
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