Nada más y nada menos que once órdenes de busca y captura a lo largo y ancho de toda la geografía española eran las que pesaban sobre la mujer que la Policía Nacional ha detenido esta semana en Alicante como presunta autora de hurtos utilizando el sistema del «hurto cariñoso».
La Policía, además, ha informado en un comunicado que Órganos judiciales de Sagunto, Valencia, Santander, Marbella, Cádiz, Fuengirola, Velez Málaga y Manacor la buscaban por «causas relacionadas con delitos contra la propiedad de los años 2018, 2019 y 2020″. A esto se suman las órdenes de detención por robos cometidos en diferentes ciudades.
La mujer se ocultaba bajo tres identidades diferentes y utilizaba para robar las joyas de sus víctimas, en su mayoría personas mayores, el sistema del «hurto cariñoso», también llamado «abrazo amoroso».
En este tipo de hurto los ladrones suelen pedirle a la víctima información sobre una calle o la ubicación de un centro comercial o médico. Después, a modo de agradecimiento, la abrazan sustrayéndole así colgantes, anillos, pulseras y otros objetos de valor sin que ella se dé ni cuenta.
El delito de hurto se encuentra regulado en los artículos 234 a 236 del Código Penal y desde la web conceptosjuridicos.com explican que «este delito castiga a quien, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño legítimo, sustrae bienes ajenos, siempre que no utilice fuerza en las cosas o intimidación en las personas».
La diferencia con el robo es que este último es la sustracción de un bien ajeno contra la voluntad del dueño pero, además, ha de producirse mediante fuerza en las cosas para entrar o abandonar el lugar donde estén, o violencia con intimidación en las personas, durante el delito o la huída.
El Código Penal establece diferentes tipos de hurto en función «de la gravedad del ilícito cometido», explican:
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