El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha hecho oficial el calendario laboral para el año que viene, concretamente «mediante la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024», explican desde El Economista.
El calendario laboral del año que está a punto de comenzar marca en España catorce días festivos no recuperables, remunerados y de carácter obligatorio. Doce de ellos «serán festividades son nacionales y autonómicas y otras dos de carácter local, que fijan habitualmente cada uno de los ayuntamientos del país».
Entre los festivos nacionales, hay algunos que se aplican a todo el país sin que las comunidades autónomas puedan sustituirlos, concretamente el uno de enero (Año Nuevo), el 29 de marzo (Viernes Santo), el uno de mayo (Fiesta del Trabajo, Día del Trabajador), el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el uno de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor, Navidad).
Estos son los festivos sustituibles y autonómicos
Pero también hay festivos nacionales sustituibles, esto es que cada comunidad autónoma puede sustituirlos por otras fechas que por tradición les convengan más. Desde el mismo medio explican «los festivos nacionales sustituibles y las comunidades autónomas que han mantenido la fiesta en su calendario laboral»:
Todas las comunidades autónomas mantienen el seis de enero (Epifanía del Señor, Día de Reyes)
También mantienen el 28 de marzo, Jueves Santo, todas las comunidades autónomas, excepto Cataluña y Comunidad Valenciana
Cantabria, Galicia, Comunidad de Madrid, Navarra, País Vasco celebran el 25 de julio (Santiago Apóstol, Día Nacional de Galicia)
Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, Región de Murcia y Melilla, mantienen el 9 de diciembre (Lunes siguiente a la Inmaculada Concepción)
Por último están los festivos autonómicos, que son las fiestas propias de cada Comunidad Autónoma y son las siguientes:
Extremadura: Martes 13 de febrero (Martes de Carnaval):
Andalucía: Miércoles 28 de febrero (Día de Andalucía):
Islas Baleares: Viernes 1 de marzo (Día de las Islas Baleares)
Islas Baleares, Cantabria, Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y Comunidad Valenciana: Lunes 1 de abril (Lunes de Pascua):
Aragón y Castilla y León: 23 de abril (San Jorge, Día de Aragón y de Castilla y León)
Comunidad de Madrid: Jueves 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid)
Galicia: 17 de mayo (Día de las Letras Gallegas)
Islas Canarias y Castilla-La Mancha: 30 de mayo (Día de Canarias, Corpus Christi)
La Rioja: Lunes 10 de junio (Lunes siguiente al Día de La Rioja)
Ceuta y Melilla: 17 de junio (Fiesta del Sacrificio-Eidul Adha)
Ceuta: Lunes 5 de agosto ( Nuestra Señora de África)
Asturias: Lunes 9 de septiembre (Lunes siguiente al Día de Asturias)
Cataluña: Miércoles 11 de septiembre (Fiesta Nacional de Cataluña)
Comunidad Valenciana: Miércoles 9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana)