Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), la pensión de incapacidad permanente es una prestación económica encargada de cubrir la falta de ingresos que un trabajador sufre a causa de una enfermedad o un accidente.
Cabe recordar que existen cuatro tipos de pensiones de incapacidad permanente que responden a diferentes grados y varían en función de los requisitos generales y de cotización: permanente parcial, permanente total, permanente absoluta y gran invalidez. Aunque, bien es cierto que, si esta incapacidad proviene de un accidente, sea o no en el ámbito laboral o por una enfermedad profesional, no requiere cotizaciones previas.
Con los cambios en el IPC, las pensiones por invalidez total presentan una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora, aunque puede alcanzar hasta un 75% si el beneficiario tiene 55 años de edad y está en una situación de desempleo. En cambio, en el que en el caso de que la pensión sea por incapacidad permanente absoluta, la cuantía es equivalente al 100% de la base reguladora de la prestación.
Lo mismo sucede con la pensión por gran invalidez que constituye el 100% de la base reguladora, aunque se tienen en cuenta otros añadidos económicos por el hecho de que el beneficiario tenga que recurrir a la asistencia de una tercera para realizar las acciones más esenciales del día a día.
Este es el motivo que explica que la pensión por gran invalidez sea la más elevada dentro de las prestaciones por incapacidad permanente. De hecho, es importante recordar que estas prestaciones por incapacidad permanente se abonan en 14 pagas durante el año, es decir, 12 corresponden a las diferentes mensualidades del ejercicio en curso y a ella, se le unen dos pagas extraordinarias en los meses de junio y noviembre. Estos cambios han entrado en vigor el pasado 1 de enero del año en curso.
La pensión por total invalidez hace referencia a cuando una persona necesita la ayuda de otra persona para los actos más básicos. Por lo que así quedaría la pensión de gran invalidez en este 2023:
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