Las instituciones que no cumplan esta nueva normativa tendrán sanciones económicas, así lo recoge la Ley General de Telecomunicaciones, la cual ya estaba recogida en el Boletín oficial del Estado (BOE). Después de su aprobación en 2022, las compañías han tenido un margen de hasta un año para adaptar sus servicios y sus dinámicas de trabajo a los nuevos derechos de los usuarios, que ya no recibirán las llamadas no deseadas, también llamadas spam.
Esta nueva normativa de telecomunicaciones recoge que las restricciones se aplicarán a aquellas llamadas que cuenten con una numeración fija o móvil procedente de España.
En el caso de que se incumpla este acto o una empresa decida dirigir una llamada promocional sin consentimiento previo a un usuario, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) abrirá un expediente para estudiar lo sucedido y, de confirmarse esta irregularidad, se impondría una sanción a la sociedad empresarial, independientemente del punto geográfico desde el que se haya realizado.
De esta forma, si el origen de la llamada proviene desde un centro de llamadas emplazado en terreno extranjero, la propia Agencia Española de Protección de Datos investigará a la empresa y la sancionará, tal y como recoge la normativa.
La ley recoge que los usuarios sí podrán recibir llamadas comerciales sí así lo han expresado en un comunicado previo. En esta línea, también se podrán recibir llamadas telefónicas en el caso que fuese necesario para una situación que pudiera resultar vital para el ciudadano. Otra de las excepciones contempladas es que se podrán recibir llamadas comerciales si se lleva a cabo una actividad de interés público.
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