Lo primero que tienes que tener claro es que el objetivo de la sanción es castigar a aquella persona que la ha cometido y no al propietario del vehículo, ya que esto no tendría ningún sentido. Sin embargo, si el coche está a tu nombre y vinculado a tu dirección será a ti a quien le llegue la multa en caso por ejemplo, de que se trate de una por exceso de velocidad, en la que no necesariamente se tiene trato directo con el conductor y hayan podido ser directamente las cámaras de tráfico las que lo hayan captado.
En este caso debes notificárselo a la Dirección General de Tráfico (DGT). A través de esta web, encontrarán todos los documentos necesarios para indicar lo ocurrido. Cuanto antes lo notifiques, mejor. Además, cuidado con dejar el asunto pasar y no notificarlo o hacer que la otra persona simplemente te pague la cantidad económica correspondiente y no comunicar nada a la DGT porque, en este caso, puede acarrearte la imposición de una multa de cuantía importante, de la que además no podrás beneficiarte de la reducción del 50% por pago dentro del periodo voluntario. Tienes de plazo 20 días naturales, contados desde el día siguiente al que te haya llegado la comunicación con el requerimiento para notificar lo ocurrido a la DGT.
Para completar el trámite y recurrir esta multa necesitarás: el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de residencia, y domicilio postal de la persona que conducía tu vehículo y recuerda que solo lo puede realizar la persona que sea titular del coche. Recuerda que deberás informar del día y la hora o el período en el que prestaste tu coche a la persona que lo conducía y que cometió la multa.
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