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Nombres prohibidos en España que no puedes poner a tu bebé

Aunque no lo creas, sigue habiendo ciertas restricciones

Noelia Bertol
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La elección de los nombres para un bebé es a veces una de las decisiones más complicadas en una pareja durante el embarazo. Y, aunque se trata de una elección muy personal en la que puedes hacer una elección libre, lo cierto es que el Ministerio de Justicia tiene la última palabra y puede intervenir en esta decisión.

Sí, como lees. A pesar de que hoy en día se ha avanzado enormemente en la tarea de dar por válidos nombres extranjeros que hace unos años no tenían cabida en nuestro país, véase Jonathan, Kevin o Bryan, sigue habiendo ciertas restricciones.

Se trata de medidas con las que se intenta preservar la dignidad de los menores y evitar que, en algunas ocasiones, estos tengan que cargar toda su vida con el extraño sentido del humor de sus padres.

Existen una serie de limitaciones a la hora de elegir el nombre de tu hijo o hija. ¡Te las contamos! 

 

¿Sabías que….

La legislación española no autoriza, por ejemplo, Judas, Hitler, Osama Bin Laden, Loco o Caca. La normativa añade, también, que no se pueden poner nombres de frutas: no se permiten Limón González, ni Fresa Fernández, ni Pomelo Aguirre.

 

 

Nada de más de dos nombres o acrónimos

 

Puede darse el caso de que los padres no se pongan de acuerdo en el nombre del bebé y terminen llamando al bebé de ambas maneras, colocándole en el DNI nombres como Pedro Manuel o Juan Antonio. Esto está permitido, pero no se puede ir más allá. Dos es el tope.

Tampoco están permitido los acrónimos como nombre. Es decir, no es posible llamar a tu hijo Cardi si vuestros nombres son Carlos y Diana, o Rosdan si os llamáis Rosa y Daniel. Estas ideas, mejor que se sigan manteniendo para los negocios familiares.

El correo publica un listado de los nombres prohibidos en España

 

Cuidado con las connotaciones negativas de algunos nombres

 

También están prohibidos los nombres con connotaciones negativas que puedan atentar contra la dignidad del menor. De este modo, no puedes llamar a tu hijo Judas, Caín o Hitler. Esto puede afectar también al cambiar el género en el nombre, pues Paloma está permitido en femenino, pero Palomo no lo está en el caso masculino por las connotaciones que lleva.

En este mismo sentido, no puedes elegir como nombre el de figuras famosas, véase Ana Karenina o Stalin. Y es que tampoco está permitido utilizar los apellidos como nombre. Así, no puedes llamar a tu bebé Spielberg o Mercury en honor a tus ídolos del cine o la música, pero no hay problema si tu apellido hace que el nombre de tu hijo forme el de una persona conocida.

Esto es, si te apellidas Fuertes y es el primer apellido que heredará tu descendiente, puedes llamar a tu hija Gloria Fuertes o Dolores Fuertes. En este caso no hay inconveniente.

Es una persona, no la lista de la compra

 

Tampoco es posible nombrar a tu hijo Mandarina, Manzana o Ciruela. No olvides que es una persona, no la lista de la compra. Las frutas están en la lista de restricciones por lo que, a la hora de elegir nombre, no pierdas el tiempo en plantearlas siquiera como opción.

El juez puede terminar eligiendo el nombre

 

Hay varios casos en los que el propio juez puede terminar eligiendo el nombre de los bebés. Uno es que este sea huérfano. En este caso, se le suele asignar un nombre corriente. Otros casos pueden ser cuando la propuesta de los padres no es aceptada por el juzgado y, acabado el plazo de tres días, no hacen llegar una nueva propuesta, o porque estos mismos no se pongan de acuerdo.

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De este modo, valora bien el nombre que vas a elegir para tu bebé, pues le acompañará el resto de su vida. ¡Tenéis 9 meses para darle vueltas! 

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