Seguramente lleves días ejerciendo o tengas previsto ejercer de Rey Mago, y en tus compras navideñas muchas veces te lleves el coche para no tener que cargar con muchos paquetes. Y es que algunos prefieren pagar un parking a ir cargados cual camellos de Rey Mago.
Algo que por otra parte no es tan inofensivo como parece en lo que a multas se refiere. Y es que desde la Dirección General de Tráfico han advertido que llevar tus regalos de Navidad en los asientos de atrás puede suponer una multa de 200 euros. La multa no tiene nada que ver con la Navidad, Los Reyes o Papá Noel, sino con la prohibición de llevar bultos sueltos en la parte de atrás del coche.
Se trata de una sanción que refleja el artículo 14 del Reglamento General de Circulación (RGC), que dice que la carga transportada en un vehículo no debe «arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa», además de especificar que la carga no puede «comprometer la estabilidad del vehículo«, lo que puede suponer una multa de 200 euros.
La multa tiene que ver con que los bultos pueden limitar o dificultar la visión del conductor, tal y como explica el Reglamento general de circulación: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».
Además del riesgo de que un objeto caiga a la vía, lo que conllevaría una multa de 500 euros.
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