Hace unos meses la OMS daba sus nuevas directrices sobre actividad física y comportamiento sedentario en las que exponía que cualquier persona de cualquier edad y capacidad puede ser físicamente activo, al tiempo que afirmaba que si la población mundial fuera más activa se podrían evitar cinco millones de muertes al año.
El consejo es dedicar en adultos entre 150 y 300 minutos a la actividad aeróbica de moderada a vigorosa cada semana, esto incluye a personas con enfermedades crónicas y discapacidad y 60 minutos de media al día en el caso de niños y adolescentes.
Sin embargo si lo tuyo no es hacer deporte y te cuesta un mundo sacar un ratito para hacerlo, atenta a lo que te vamos a contar, te hablamos de la gimnasia dulce, lo que no es igual a no efectiva, se trata de no machacarnos haciendo ejercicio, además de priorizar las necesidades del cuerpo.
Se trata de un tipo de gimnasia, basada en ejercicios de bajo impacto, a un ritmo lento y centrados en la postura y la respiración esencialmente, cuyo objetivo es tonificar la musculatura, mejorar la movilidad , la elasticidad y la agilidad, además de rebajar el estrés.
Se adapta a todas las edades y condiciones, incluso pueden practicarla personas mayores, mujeres embarazadas o deportistas que hayan sufrido alguna lesión. Lo ideal es comenzar con un entrenador que nos corrija y nos guie en los ejercicios que suelen incluir sentadillas, planchas y lunges.
Y lo más importante, tiene un montón de beneficios:
Y es que según las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud uno de cada cuatro adultos y cuatro de cada cinco adolescentes no realizan suficiente actividad física, lo que ocasiona un gasto de 45600 millones de euros en atención sanitaria directa a nivel mundial y 11800 millones de euros en pérdida de productividad.
MÁS SOBRE:
© Sociedad Española de Radio Difusión, S.L.U
© Sociedad Española de Radiodifusión realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre.