La campaña de la Declaración de la Renta 2021-2022 ya está en marcha. Un año más los contribuyentes nos preparamos para rendir cuentas ante Hacienda. Desde el pasado miércoles 6 de abril aquellos ciudadanos que lo deseen pueden pedir el borrador para comprobar qué datos tiene el fisco y que resultado sale. Si estamos de acuerdo solo tenemos que aceptar el borrador.
Una vez que presentamos la declaración de la renta 2021-2022 podemos saber en qué estado está. Esto es interesante si el resultado de tu declaración ha sido a devolver, es decir con signo negativo (-). Esta cuestión genera muchas dudas siempre entre los declarantes.
Para hacer la consulta hay que acceder a nuestro expediente a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), según explican en la web de la Agencia Tributaria. Si te has bajado en tu teléfono móvil la aplicación de la AEAT tienes que abrirla y pinchar en “Estado de mi tramitación”.
En el caso de que accedas desde un ordenador de mesa o portátil los pasos son iguales. Pinchar en el epígrafe Renta 2021 y ahí en “Estado de mi declaración” podremos ver si desde su presentación Hacienda ya la ha validado o se encuentra en proceso de devolución.
Es una pregunta que de repite también en cada campaña. Si Hacienda te tiene que devolver dinero estaremos deseando que lo haga cuanto antes. En general, no suelen tardar mucho pero hay casos en los que la espera se alarga.
Lo que hay que saber es que la Agencia tiene hasta seis meses desde que acaba el plazo de presentación de las declaraciones para hacerte el ingreso en tu cuenta bancaria de lo que te debe. Es decir, la fecha que toma Hacienda como referencia es el 30 de junio que es cuándo concluye el plazo para rendir cuentas con el fisco.
En caso de que pasados seis meses Hacienda no te haya devuelto el dinero, ten en cuenta que cuando lo haga será con intereses de demora tributario sin que tengas que reclamarlo. No obstante si el retraso es por culpa de Hacienda se obrará como te hemos indicado pero si es por «errores u omisiones en la declaración, la Administración tributaria puede rectificar el resultado de la liquidación efectuada por el contribuyente mediante la correspondiente liquidación provisional, modificando la cuantía de la devolución solicitada o determinando la improcedencia de la misma», tal y como se explica en la web oficial de la Agencia Tributaria.
Recuerda que debes presentar la declaración de la Renta si has obtenido ingresos superiores a 22.000 euros anuales únicamente en concepto de rendimientos íntegros de trabajo. Si durante el ejercicio 2021 has tenido dos pagadores porque te has cambiado de trabajo, porque has estado en paro una temporada o incluso en ERTE y has percibido ingresos superiores a los 14.000 euros procedentes de varios pagadores, siempre y cuando el segundo pagador proporcionen una cantidad superior a los 1.500 euros también deberás hacer la declaración este año.
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