A partir del uno de noviembre la DGT va a cambiar la manera de notificar las multas, algo que hasta ahora hacía por carta ordinaria y que a partir del próximo mes hará únicamente, en el caso de las empresas y personas jurídicas, a través de la Dirección Electrónica Vial, una especie de buzón online de tráfico al que se accede a través de la sede virtual de la DGT y en el que las comunicaciones y notificaciones de Tráfico tienen los mismos efectos jurídicos que las cartas en papel.
Las personas jurídicas y a las empresas serán las que reciban las multas exclusivamente de forma electrónica, no así los particulares que aunque no se van a ver afectados por esta modificación, si podrán usar la Dirección Electrónica Vial de manera voluntaria.
Para consultar la Dirección Electrónica Vial hay que darse de alta con un certificado digital en vigor, además de facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil, después se debe ir a «otros trámites» y clicar en Notificación electrónica: Dirección Electrónica Vial (DEV), dónde veremos la opción de Alta. Una vez completada la solicitud, las notificaciones se enviarán de manera telemática exclusivamente.
¡Nuevas formas de comunicarnos! 👏 A partir del 1 de nov, todas las personas jurídicas o empresas dejarán de recibir 📩 en papel.
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 4, 2022
Si eres empresa o persona jurídica tienes dos semanas para hacer este trámite y en el momento en el que llegue una multa además se te notificará por un mensaje al móvil o al correo electrónico que hayas facilitado.
En el caso de las empresas y personas jurídicas que no se hayan dado de alta el uno de noviembre, la DGT explica en su página web que, «asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a su empresa y recibirá de forma electrónica las multas de tráfico. Si no ha realizado el proceso de alta, DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes a su correo electrónico o teléfono móvil por no disponer de esos datos, pero igualmente la notificación quedará disponible en la DEV.»
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