Un 55% de los españoles confiesa que denunciaría delitos y corrupción si pudiera hacerlo de forma anónima
El anteproyecto de ley con el que se ha traspuesto a nuestra legislación la “Directiva Whistleblowing” del Parlamento Europeo obliga a las empresas públicas y privadas a crear canales de denuncia donde recoger este tipo de testimonio
Por suerte, una encuesta realizada a nivel nacional por IPSOS para la ONG Blueprint for Free Speech indica que la percepción al respecto está cambiando en nuestro país: un 60% de los españoles creen que los denunciantes o whistleblowers deberían poder hacerlo de forma anónima para no sufrir represalias, y un 55% incluso daría el paso si tuviera la posibilidad de enviar la información a través de una página web.
El pasado mes de marzo, se aprobó en Consejo de Ministros la propuesta del Ministerio de Justicia del anteproyecto de ley que traspone a nuestra legislación la conocida como “Directiva Whistleblowing”. Se trata de una norma del Parlamento Europeo relativa a la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión dentro de su ámbito laboral, y que obliga a que las empresas, tanto públicas como privadas, creen y gestionen canales de denuncias. Todavía debe atravesar todos los trámites parlamentarios antes de su publicación en el BOE, pero ya hay empresas que se están empezando a adaptar a la futura legislación utilizando los servicios de empresas como GlobalSuite Solutions.
De forma obligatoria, debe permitir comunicaciones por escrito (por correo postal o cualquier otro medio electrónico habilitado) o verbalmente (vía telefónica o mediante un sistema de mensajería de voz), si bien también se permiten reuniones presenciales. Además, cada empresa deberá tener un libro registro de las comunicaciones recibidas y de las investigaciones internas que garantice la confidencialidad de las mismas. Este registro no será público, así que solo podrá accederse a su contenido de forma total o parcial con una petición de una autoridad judicial competente mediante auto y en el marco de un procedimiento judicial.
Todas las empresas públicas (y las que presten servicio a las mismas), así como las personas físicas o jurídicas con 50 trabajadores o más, y las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente. Se prevé, eso sí, que tanto el sistema de información como los recursos destinados a la gestión y tramitación de comunicaciones se puedan compartir en el caso de personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores, o en Administraciones de municipios de menos de 10.000 habitantes.
De la supervisión del buen funcionamiento de los canales de denuncias se ocupará la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que sancionará por las infracciones cometidas tanto en el sector público como en el privado, comenzando por la no creación de este tipo de canal, que puede derivar en una multa de hasta 25.000 euros. Esas infracciones, que se dividen entre muy graves, graves y leves, pueden ser, en resumen: la limitación de los derechos de la ley, la toma de represalias, vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato, vulnerar el deber de secreto o comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad (ejemplos de las muy graves).
En palabras de Antonio Quevedo, CEO de GlobalSuite Solutions, “para que sirvan a su cometido, los canales de denuncias deben ser herramientas sencillas y accesibles, que puedan ser usadas por todo el mundo, pero a la vez ofrecer grandes niveles de seguridad, cifrado, confidencialidad y monitorización. Así es como funciona GlobalSuite® Canal de Denuncias, que permite la comunicación de irregularidades, incumplimientos del código ético e infracciones legales, así como establecer un adecuado tratamiento de la información de una forma legal y segura”.
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