Son muchas las personas que no han podido acudir a su centro de trabajo debido a las consecuencias del temporal Filomena en nuestro país: los transportes públicos aún no funcionan aún al 100%, algunas carreteras permanecen intransitables, los coches particulares no pueden sacarse de los garajes ni de la calzada.
Por eso, queremos hacernos eco de este fantástico hilo que comparte en redes sociales el sindicato CCOO en el que explica, además de por qué no pueden sancionarte en tu trabajo por no poder acudir presencialmente a las oficinas, otras informaciones relevantes que pueden serte útiles en las circunstancias actuales.
🔴🔴Importante: Si no puedes llegar a tu centro de trabajo por inclemencias meteorológicas tienes que saber que no te pueden sancionar, pero tienes que saber más cosas
Os lo explicamos en este mini hilo👇 pic.twitter.com/HsgGOqf4cr
— CCOO de Madrid #ActuarEsEsencial (@CCOOMadrid) January 11, 2021
1º El derecho a faltar al puesto trabajo por causa de fuerza mayor está recogido en el Estatuto de los Trabajadores en el art. 47
Por lo tanto faltar al trabajo por motivos derivados de la climatología adversa no puede ser sancionado
2ºPero el ET no especifica la manera en la que se debe compensar la falta, por lo que la ausencia:
Puede conllevar la retirada del sueldo correspondiente a ese día
La recuperación de las horas no trabajadas otro día y fuera de horario
La realización del trabajo desde casa
3ºOJO En ningún caso este día puede compensarse con uno de vacaciones
4ºEn algunos convenios colectivos existe una ‘bolsa de horas’ o días de libre disposición, un tiempo dedicado a los temas personales. Estos días sí pueden ser usados en estos casos para evitar tener que recuperar las horas perdidas en otra ocasión
5ºSi la empresa lo exige, el empleado deberá justificar su ausencia. Se puede solicitar un justificante a la administración pública que corresponda, ya sea el Ayuntamiento del municipio en el que se hayan cerrado vías o a la comunidad autónoma
6ºEn el caso de cierre de colegios, si los progenitores no cuentan con nadie que pueda hacerse caso de sus hijos y se ven obligados a quedarse en casa para cuidar de ellos los padres tendrán que demostrar a la empresa, si esta se lo pide, que el colegio ha cerrado
Por último, ofrecen un par de teléfonos de atención al cliente por si necesitas que te aclaren alguna duda:
Teléfono915368715
Teléfono915365180
Si por mucho que lo has intentado no puedes acudir a tu centro de trabajo, deberás intentar ponerse en contacto con tu empresa para explicarles tu situación.
Es decir, «dar aviso», llamarles y explicarles que no puedes acudir por la situación de los transportes o porque la ruta hacia el tu puesto de trabajo es imposible de recorrer.
Ayer, ya te contamos desde www.cadenadial.com que no podían sancionarte en tu empresa si a causa del temporal era imposible acudir a tu centro de trabajo. Pues bien, en cadenaser.com tienes disponibles los justificantes laborales elaborados por varios Ayuntamientos de municipios del Sur de Madrid: Parla, Valdemoro, Fuenlabrada, Leganés, Ciempozuelos o Getafe.
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