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Nueva multa de la DGT a partir de septiembre: 100 euros por estar estacionado y con el motor funcionando
La
nueva reforma de la Ley de Tráfico incluye el endurecimiento de ciertas infracciones al volante, una de ellas, precisamente cuando el vehículo está estacionado. Si lo haces con el motor en marcha la sanción que recaerá sobre ti alcanza los
100 euros.
Otras situaciones que a partir de la reforma se convertirán en infracciones de tráfico tienen que ver con el uso del teléfono móvil, los radares y la utilización de patinetes eléctricos.
Para que la nueva ley entre en vigor, aún necesita el visto bueno del Congreso de los Diputados. De tenerlo empezará a aplicarse en las carreteras con la vuelta al cole, el próximo mes de septiembre.
Quizá la más sorprendente es la que hace referencia a que será sancionable estacionar el vehículo y mantener el motor encendido. Son muchas las ocasiones en las que decides aparcar y no salir del vehículo a la espera de que suba al mismo el ocupante al que estás esperando. De esta forma, sigue funcionando el aire acondicionado o la calefacción e, incluso, el bluetooth para seguir manteniendo e manos libres una conversación telefónica.
Según recoge el artículo 10 de la nueva reforma de la
Ley:
“Quien conduzca deberá apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aún cuando permanezca en el interior del vehículo”.
Las excepciones a esta infracción son:
- estar detenido en semáforos
- estar detenido en vías especialmente congestionadas, por ejemplo, en un atascos.
- vehículos con categoría 0 emisiones de clasificación ambiental, los destinados a la prestación ocio-sanitaria y los de transporte público, como recoge la nueva Ley de Tráfico.
El objetivo de esta medida es disuadir a aquellos conductores que por costumbre aparcan en doble fila o en vados.
Nuevas infracciones de la Ley
El nuevo reglamento recogido por la DGT contempla además:
- Suprimir la posibilidad de aumentar la velocidad en 20 km/h para los que vayan a adelantar.
- Cambios en radares: Tráfico recuerda que no está permitido, es ilegal y conlleva una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos de nuestro permiso de conducción llevar en el coche dispositivos que alerten de la presencia de radares.
- Nuevas reglas para los usuarios de patinetes: Será obligatorio del uso del casco al utilizar patinetes eléctricos. Y queda prohibido también hacer uso del móvil o de cualquier otro sistema de comunicación y conducir utilizando casos o auriculares. En caso de ser detectados se les sancionará con 200 euros.
- El móvil, en el punto de mira: Se establece un aumento de 3 a 6 puntos de retirada de puntos del carnet por tener el dispositivo en la mano durante la conducción. Además, mantiene la multa de 200 euros y 3 puntos de sanción, si el infractor usa el dispositivo pero no lo tiene en la mano.