Desde el portal de la Seguridad Social se explica cómo dar de alta a los hijos para que tengan tarjeta sanitaria si es que aún no lo has hecho.
La Tarjeta Sanitaria Individual es un documento, emitido por la Consejería de Sanidad, que identifica a los ciudadanos como usuarios del Sistema Sanitario Público de la Comunidad de Madrid en condiciones de igualdad y facilita el acceso a sus prestaciones sanitarias.
No tienen fecha de caducidad desde el pasado 1 de enero de 2017.
Es importante que tu hijo tenga ya asignado un pediatra días después de recibir el alta hospitalaria tras su nacimiento.
Para obtener la tarjeta sanitaria deberás acudir al Centro de Atención Primaria (CAP) o Centro de Salud que te corresponda según el Servicio de Salud de la Comunidad Autonóma de tu domicilio.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ofrece la posibilidad de hacer este trámite de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social y permite el acceso a este servicio mediante un representante que disponga de certificado digital o cl@ve. Pero si no cuentas con certificado ni clave, ,deberás acudir de forma presencial.
1ºLibro de familia con la inscripción del recién nacido facilitado en el Registro Civil o libro de familia no actualizado junto con la certificación literal de nacimiento.
2ºImpreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social, facilitado en la Inscripción en la Seguridad Social
3ºImpreso de solicitud de la tarjeta sanitaria individual para el bebé que se facilita en el propio centro de atención primaria o centro de salud.
Y ya está. Una vez realizado el trámite, te asignarán un pediatra y concertarán una cita con él para que haga la primera revisión a tu bebé.
#Duda ¿Cómo doy de alta a mis hij@s en la Seguridad Social para que tengan tarjeta sanitaria?
👉Tienes que incluirlos como beneficiarios de la Seguridad Social y luego ir al centro de salud para gestionar la tarjeta.
📰Esta guía puede ayudarte: https://t.co/HvhtF8ARKJ— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 28, 2021
La Seguridad Social reconoce y garantiza el derecho a la asistencia sanitaria tanto de los trabajadores, como de los pensionistas, perceptores de prestaciones, como de sus familiares y asimilados dependientes de ellos (beneficiarios).
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