El temporal que hemos vivido los últimos días causado por la borrasca Filomena ha dejado muchos destrozos. Pero ¿a quién le podemos reclamar todos los daños causados por la nieve? Averigua todo lo que el seguro debe encargarse de reparar.
Si eres víctima de los daños causados por esta tormenta de nieve, lo primero que debes hacer es revisar tu póliza del seguro. En ella podrás descubrir qué tienes cubierto y qué no, y en caso de duda, llama directamente a tu seguro para que te administren toda la información necesaria.
Los seguros de hogar y de vehículo cubren por lo general los desperfectos ocasionados por la nieve
El portavoz de la Confederación de Consumidores y Usuarios ha explicado que, si se va la luz y, por ejemplo, se estropean todos los alimentos del frigorífico, el seguro sí debería cubrirlo. Es cierto que depende del temporal que se haya experimentado, pero en este caso, los daños provocados por Filomena si podrían estar cubiertos por la póliza.
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Sin embargo, a la hora de reclamar una indemnización pública, el Consorcio de Compensación de Seguros no contempla la nieve como un riesgo extraordinario. Es decir, no cubre los daños que haya provocado la nieve. En el caso de los desperfectos ocurridos por fuertes vientos, si puedes optar a una indemnización pública en aquellas situaciones en las que las rachas hayan superado los 120 kilómetros por hora.
La gran pregunta es si se necesita una garantía especial para que las pólizas cubran los daños causados por un temporal. En España, la respuesta a esta incertidumbre se divide en dos.
Por un lado, si las circunstancias son extremas, como el temporal actual, los daños deberían pagarlos los propios seguros. Por otro lado, hay unos daños que son los llamados “extraordinarios”, estos estarían a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Aunque, realmente este no se encarga sin más. Para que el Consorcio te compense los daños tienes que estar asegurado con él.
Estas situaciones sobre todo se dan por daños generados por vientos fuertes. La entidad aseguradora es la primera en actuar. Normalmente, para agilizar el proceso de reclamación al consumidor, la propia compañía será la que abone la indemnización. Si después, se tienen todas las características de los daños causados y resulta que eran “extraordinarios” será el propio seguro quien exija al consorcio la devolución de la cantidad entregada al cliente en la indemnización.
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