No obstante, la Dirección Genetal de Tráfico (DGT) advierte de los peligros de conducir con el abrigo puesto. Tal y como recoge el Reglamento General de Circulación, el conductor está obligado a vestir ropa que no afecte a la movilidad en la actividad de la conducción.
En este terreno los abrigos abultados son los más señalados, pues dificultan el movimiento del conductor, que necesita ligereza en la movilidad para reaccionar con rapidez a situaciones que podrían terminar en accidente.
Ahora bien, ¿la multa afecta a toda la ropa de abrigo? La respuesta es no. Para conducir puedes utilizar chaquetas finas, solo se penalizan aquellas más abultadas que podrían afectar a la movilidad del conductor. De este modo, sí se acepta llevar prendas finas que no limitan los movimientos.
Al quitarnos el abrigo para conducir seguramente nos haga poner la calefacción a tope para no pasar frío. Ahora bien, esto puede ser contradictorio. Ten en cuenta que si elevamos la temperatura demasiado puede darnos somnolencia, lo que tendría un efecto igual de peligroso en carretera. Lo aconsejable es mantener la temperatura entre los 20 y los 22 grados.
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