El próximo año el calendario laboral tendrá ocho festivos a nivel nacional. Ve tomando nota:
1 de enero (Año Nuevo, sábado)
6 de enero (Epifanía del Señor, jueves)
15 de abril (Viernes Santo)
15 de agosto (Asunción de la Virgen, lunes)
12 de octubre (Dia de la Hispanidad, miércoles)
1 de noviembre (Todos los Santos, martes)
6 de diciembre (Día de la Constitución Española, martes)
8 de diciembre (Inmaculada Concepción, jueves).
Recuerda que hay pautados otros cuatro festivos, llamados sustituibles, cuya celebración es escogida por las comunidades autónomas
Estos son:
14 de abril (Jueves Santo)
2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo)
25 de julio (Santiago Apóstol, lunes)
26 de diciembre (lunes siguiente a Navidad).
El Calendario Laboral establece anualmente los días de trabajo y los días festivos de un país, así como los períodos de vacaciones anuales: verano, Navidad y Semana Santa.
En nuestro país, los días festivos dependen de cada región o comunidad autónoma.
Según los días marcados por el calendario laboral trabajadores y empresas – junto con la jornada laboral- fijan los tiempos de trabajo: horas anuales y horas mensuales.
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