Hoy comienza el confinamiento de las 37 áreas sanitarias de la Comunidad de Madrid. Las restricciones a la movilidad afectan a las cerca de 900.000 personas que residen en ellas.
Este ‘confinamiento segregador’, como ha sido definido por los vecinos afectados en el cinturón sur de la región, cambiará la vida de sus habitantes durante las próximas dos semanas.
Hasta el miércoles la policía no multará, solo informará de la situación.
1º Evitar salir a la calle: Es lo que aconseja la Comunidad de Madrid aunque no está prohibido desplazarse por el interior de las zonas confinadas.
2º Se establece la prohibición de entradas y salidas de las zonas confinadas, salvo contadas excepciones: necesidades prioritarias, urgente o de fuerza mayor, para acudir al trabajo, al médico, a colegios, para regresar al lugar de residencia y también para realizar trámites en los juzgados y ante la administración. También puede salirse de la zona para hacer gestiones en entidades bancarias o de seguros, para realizar exámenes y para cuidar a personas mayores, menores o dependientes.
3ºReuniones de 6 personas: Salvo no convivientes. La limitación de las seis personas es aplicable también para las zonas libres de restricciones, en bares y restaurantes como en viviendas privadas.
4º Los bares y restaurantes con restricciones: limitaciones de horario (hasta las 22.00 h) y aforo (máximo de 50%). Además, se prohíbe el consumo de bebidas y comida en las barras y en las mesas solo se podrá sentar a comer un máximo de seis personas, en lugar de 10 como hasta ahora.
5º Tiendas y supermercados: También tienen limitado su aforo al 50%, salvo gasolineras, farmacias, centros médicos y veterinarios.
6º Transporte público: Sin problemas de restricción por motivos laborales, sanitarios o educativos, entre otros.
7º Parques cerrados: Prohibido el acceso a parques y jardines
8º Deporte: Al aire libre puede seguir realizándose actividad deportiva. En espacios cerrados, el aforo se reduce en un 50%. Además, en ningún caso se permite en este ámbito que se superen los grupos de más de seis personas, siguiendo la norma general de grupos reducidos.
Si una persona se salta la orden, se enfrenta a una sanción que puede oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.
Por ello, para las personas que necesitan salir del área restringida, la Comunidad ha proporcionado formularios en su página web para justificar movimientos y hacer declaraciones juradas.
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