En las últimas semanas, la última de nuestras preocupaciones ha sido la cancelación de los conciertos y eventos de los que teníamos entradas. Ese, al fin y al cabo, era un mal menor con todo lo que se venía encima.
Sin embargo, cuando hemos ido recuperando el rumbo hacia una nueva normalidad, han empezado a asaltarnos las dudas y preocupaciones que entonces eran secundarias. ¿Podré recuperar el dinero de ese concierto cancelado? Si el evento ha sido aplazado y la nueva fecha no me viene bien, ¿tengo derecho a pedir el reembolso?
En Cadena Dial hemos buscado amparo legal a esta situación excepcional que vivimos a causa del COVID-19 para aclararte todas las dudas que te puedan surgir al respecto. ¡Veamos qué es lo que dice la ley!
Cuando uno compra una entrada para un concierto o un evento cultural, automáticamente se convierte en consumidor. En un consumidor de cultura, más específicamente. Como consumidor, uno tiene unos derechos y protecciones que la ley tiene en cuenta.
Aunque cada Comunidad Autónoma tiene sus normas, por regla general se establece que, en el momento en el que un evento o espectáculo se ve modificado de fecha o cancelado, aquellos que ya tuvieran sus entradas compradas tienen el derecho de recuperar su dinero si así lo desean.
No obstante, antes de tomar medidas legales, asegúrate de cuáles son las normas de tu autonomía y las condiciones de venta de tu entrada, pues en algunos lugares como en la Comunidad Valenciana el reembolso sí está contemplado con la cancelación del evento, pero no en el aplazamiento del mismo.
La situación del coronavirus es excepcional, pero no por ello se debe actuar de forma diferente. Los artistas no han suspendido los conciertos por una decisión personal, del mismo modo que los usuarios no tienen culpa. Por ello, se debe buscar una solución óptima para todos.
Eso es, si el concierto en cuestión (centrándonos en los eventos musicales) no se puede celebrar en la fecha prevista, se debería buscar la manera de que se celebre en otra fecha próxima o viable. Hay que tener en cuenta que tras los espectáculos musicales hay numerosos puestos de trabajos a los que hay que proteger, por lo que la mejor solución es buscar a estos conciertos una nueva fecha.
Del mismo modo, se debe favorecer la gestión a los usuarios y consumidores del evento. Muchos seguirán queriendo asistir en la nueva fecha, pero habrá otras personas a las que no les venga bien.
Por eso, igual que se debe dar validez a las entradas adquiridas para la fecha anterior, se debe dar la oportunidad de reembolso a aquellos que lo soliciten. Estas entradas devueltas pueden volver a ponerse a la venta y dar la oportunidad de asistir a otras personas.
Muchos eventos están a la espera de que el Gobierno decrete causa de fuerza mayor para poder llevar a cabo los procedimientos de reajuste de fechas y devolución de entradas. Este hecho es importante en el contrato entre el consumidor y el promotor, pues exime a este último de la indemnización de los primeros por otros gastos al margen del concierto como pueden ser reservas de hoteles.
Una vez se decrete la causa de fuerza mayor, ¿qué plazo tengo para recuperar el dinero de mi entrada? Aún no se ha establecido un plazo para solicitar el reembolso, aunque algunas comunidades como Andalucía fija este desde el anuncio de la cancelación o aplazamiento hasta cuatro días después de la fecha del evento en cuestión. Otras, como el País Vasto, consideran que se debe solicitar el mismo en un plazo de 10 días desde el anuncio de la suspensión del espectáculo.
Sea como sea, el de los eventos culturales, aunque sigue siendo un mal menor dentro de las consecuencias del COVID-19, necesita de una gestión y un control para volver a activar la cultura y economía de nuestro país.
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