Lo que están llevando a la práctica muchas compañías es otorgar bonos alternativos al reembolso por cancelación del vuelo. Consumo advierte de que pedirá al Ministerio de Justicia que los declare nulos si no se informa antes sobre el derecho al reembolso.
Las 17 aerolíneas que están llevando a cabo este procedimiento tienen la obligación de informar de manera clara a los consumidores de que tienen derecho a recuperar el dinero de los vuelos cancelados.
Si el usuario lo prefiere, puede optar con el bono para volar más adelante, pero siempre como segunda alternativa y de manera voluntaria.
El Ministerio de Consumo utilizará la vía de la acción de cesación (la vía judicial contemplada en la ley general de defensa de los consumidores) contra esas prácticas, porque considera que esas aerolíneas están omitiendo una información clave a los pasajeros que han pagado billetes que no pueden disfrutar: que tienen derecho a recuperar el dinero.
Pues marca que, si se cancela un vuelo, las aerolíneas deben ofrecer a los viajeros afectados la devolución del dinero, o una forma alternativa de transporte lo antes posible, o cuando convenga al viajero, ofreciéndole un bono. Pero si este bono no es aceptado, el reembolso del dinero debe hacerse efectivo en un plazo máximo de siete días.