La desescalada está cada vez más cerca de su final y con éste el principio de la nueva normalidad. Una normalidad en la que, afín de evitar contagios y rebrotes, se impondrán sanciones dentro del marco sanitario actual.
Según el borrador del decreto ley al que han tenido acceso nuestros compañeros de La Ser, el Gobierno estipula en su artículo 31 que se podrán imponer multas de hasta 100€ de cuantía por no llevar mascarilla, exceptuando personas con dificultades respiratorias, dependientes sin autonomía, población discapacitada o causas de fuerza mayor.
A continuación, os desvelamos las situaciones sin mascarilla que podrían concurrir en infracción leve en esta inminente realidad.
Dentro de este decreto ley de la nueva normalidad, el artículo 6 concreta los escenarios de obligatoriedad respecto al uso de mascarilla.
Estos pasarían básicamente por todos en los que no estemos únicamente con familiares directos de convivencia, a no ser que estemos en un espacio público y haya suficiente distancia de seguridad entre personas. En ese caso también podríamos quitarnos la mascarilla.
En todos los demás casos, es decir vía pública, transporte público, lugar cerrado sin distancia interpersonal y cualquier vehículo compartido con personas externas a la convivencia, habría que llevar mascarilla.
Más allá de estas sanciones, el Ejecutivo también ha querido aclarar que devolverá plenamente las competencias a las CCAA tras el estado de alarma, aunque se reserva la potestad de retomar el mando central en caso de emergencia sanitaria.
Mientras tanto, las comunidades autónomas deberán remitir informes de forma periódica al Ministerio de Sanidad, en los que informarán sobre sus necesidades materiales o humanas, además de identificar a la población contagiada en caso de rebrotes.
Por último, el documento también contempla nuevas medidas de prevención en el entorno laboral, como el establecimiento de turnos, el mantenimiento de medidas higiénicas o la reordenación de puestos de trabajo para garantizar la distancia de seguridad.
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