Madrid autoriza la presencia de público en eventos deportivos con un máximo de 600 personas al aire libre y 300 si es un recinto cerrado.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado ya la nueva orden de la Consejería de Sanidad con las nuevas restricciones impuestas para controlar el incremento de casos por Coronavirus en la región.
Entre los matices aplicados a la nueva normativa, se añade que la limitación de un máximo de 10 personas reunidas en ámbito privado no será aplicable en el caso de “actividades laborales e institucionales”.
También, aunque no se concreta la cuantía, se especifica que habrá sanciones para quién no cumpla con la normativa.
-Las iglesias y lugares de culto también se reducen su el aforo del 75 al 60%. Esto también afecta a las bodas y demás celebraciones religiosas o civiles. En las bodas no se podrá contratar catering para degustar de pie, ni tampoco se permitirá bailar ni instalar barra libres para dispensar bebida.
-Se habilitarán espacios públicos y privados con equipos médicos, donde podrá realizarse un seguimiento del confinamiento de personas o grupos familiares positivos, sospechosos de serlo o que necesiten seguimiento médico.
-La Comunidad contará con 1.000 rastreadores y ha anunciado la compra de 2 millones de tests rápidos.
-Se suspenden fiestas y verbenas populares.
-En las competiciones deportivas, se permite la asistencia de público, siempre que estén sentados, con mascarillas, con una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros, y con un límite máximo de asistencia de trescientas personas en lugares cerrados e inferior a seiscientas personas tratándose de actividades al aire libre.
Todas estas nuevas medidas entran en vigor desde este mismo lunes, una vez publicado en el BOCM, y serán revisadas cada 15 días
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