Hay bastantes dudas aún sobre el uso de las mascarillas en los vehículos. De obligado uso son en el transporte público; en el privado hay matices en cuanto a su obligatoriedad.
La multa a la que te enfrentas por no cumplir la norma es de 100 euros. Por ello, toma buena nota de lo que te vamos a contar.
-En el caso de aquellos que circulen con su automóvil en solitario no tendrán la necesidad de portar la mascarilla.
-En los transportes privados de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. No hará falta que lleven mascarilla.
-En los transportes privados de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes. Es necesario que todas lleven mascarilla.
–Taxis, uber, cabify…. vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes. En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor. Obligación de llevar mascarilla.
–Transporte público (autobús, tren, metro) se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios. En aquellos que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado procurándose la mayor separación entre los pasajeros. Obligación de llevar mascarilla.