¿Tengo obligación de teletrabajar? ¿Qué baja me da la empresa en caso de que mi trabajo sea presencial y no pueda acudir al mismo por estar confinado?
Respondemos a estas dudas y algunas otras que pueden surgirte ante esta situación de incertidumbre que nos acecha:
1º Si das postivo por Covid -19 tu empresa deberá tramitar una incapacidad temporal similar en condiciones a la de un accidente de trabajo. Esa fue una de las primeras medidas que se adoptaron, incluso antes de la declaración del estado de alarma, en un real decreto del 10 de marzo.
La analogía con el accidente laboral significa que no estás obligado a trabajar ni puedes ser despedido por este motivo, tengas un contrato indefinido o temporal.
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Pasarás a percibir la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal, aproximadamente el 75% de tu salario desde el primer día.
2º A partir del momento en el que se tramite la baja laboral a través de la SS y tras dar positivo, no podrás acceder a las instalaciones de la empresa hasta que se lo autoricen los médicos dándole el alta. Esto es aplicable incluso si el trabajador es asintomático.
3º Tu empresa deberá reforzar inmediatamente las medidas de prevención entre los trabajadores: especialmente aquellas zonas en las que el empleado infectado hubiera estado en proximidad.
4º Identificar y determinar entre el colectivo de empleados cuales han tenido contacto con el empleado confirmado de Covid-19 y mandarles a su domicilio a cumplir la preceptiva cuarentena.
Una persona que ha tenido COVID-19 y se ha recuperado puede mantener niveles bajos del virus en su cuerpo hasta 3 meses después. Eso no significa que pueda ser contagioso
Tampoco hay informes confirmados hasta la fecha de personas que se hayan reinfectado por COVID-19 durante los 3 meses posteriores a la infección. Por eso, los expertos recomiendan que una persona que ha superado el Coronavirus deberá continuar tomando las medidas de seguridad correspondientes para evitar infectarse por COVID-19 (lavarse las manos regularmente, mantenerse al menos a 6 pies de distancia de las demás personas siempre que sea posible, y usar mascarillas).
No hay obligación legal de practicar una test diagnóstico pasada la cuarentena preceptiva para regresar a tu lugar de trabajo, pero puede ser que tu empresa decida de forma voluntaria costearla y efectuarla antes de tu incorporación definitiva.