¿Tienes una pareja con hijos? ¿No sabes cómo llevar la convivencia en casa? Entonces no puedes perderte la sección de nuestra experta en niños, Supernanny.
Ha dedicado el día de hoy para hablar sobre la convivencia entre parejas que tienen hijos de relaciones anteriores.
¡Pon atención a las pautas dadas!
Hasta hace muy poquito no se solía ver estas maravillosas situaciones, por lo que no hay que agobiarse. Se debe de generar una nueva historia con personas que quizás no tengan nada que ver una con la otra.
A nivel convivencia, la pareja debe plantear normas nuevas y comunes para todos los miembros de la familia. Los mejores aliados son los hábitos, por lo que sería conveniente que los hijos, por ejemplo, pusieran el fregaplatos juntos, para así trabajar en equipo. Lo mismo debe ocurrir con las consecuencias, iguales para todos los peques.
Además, cuando los niños digan la típica frase de «No eres mi verdadero padre o madre biológica«, se podrá responder como «Sí, es correcto, pero las normas son las mismas para cualquier miembro del hogar«. Así no habrá diferencias.
También hay que dar un hueco y espacio para que el progenitor esté con sus respectivos hijos. Los peques suelen demandar una relación especial con su padre o madre biológica.
Hay que tener paciencia, tacto y una clave importante, enfrentar las situaciones. Se trata de una convivencia nueva.
No te pierdas los consejos de Supernanny (09.10.2018) cada semana en Atrévete.
Supernanny - Juntar familias
0:04:04
Escucha los mejores momentos del programa aquí
“Mi perrito ha arañado a mi hija y desde entonces le teme ¿Qué hago?”
¿Cómo ayudar a un hijo con su estrés en época de exámenes?
“Mi hijo de 12 años ha decidido no comer carne al enterarse de su origen”
© Sociedad Española de Radio Difusión, S.L.U.
© Sociedad Española de Radiodifusión realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre.