¿Eres de comprar por Internet y te beneficias de los productos de segunda mano para ahorrar? Puede que este chollo esté llegando a su fin. Hacienda ha decidido implantar un gravamen del 4% a los productos que se venden entre particulares.
Según ha publicado Expansión, Hacienda ha decidido imponer una carga del 4% a esos productos ya utilizados que se venden entre los particulares. Esto va dirigido a plataformas de venta como eBay, Milanuncios, Wallapop, Amazon o Vibbo, entre otras.
Puede llegar a afectar tanto al usuario que compra como al que vende. Y no solo eso, la propia plataforma también paga las consecuencias de esta carga impuesta por Hacienda.
Significa que toda compra hecha a través de estas plataformas ha de ser declarada y el comprador debe tributar el Impuesto de Tansmisiones Patrimoniales.
Al tratarse de compras entre particulares, los productos no están sujetos al IVA, algo para lo que Hacienda está buscando una solución, como pedir a estas aplicaciones sus bases de datos para investigar las transacciones.
«El comercio online no puede ser diferente de lo que han sido las transacciones comerciales normales», afirma el ministro de Hacienda y Función Pública, Cristobal Montoro.
Sí, puedes seguir comprando y vendiendo tus objetos de segunda mano. Si eres vendedor, debes saber que si el producto lo vendes por un precio superior al que lo obtuviste, ese beneficio debe tributar en el IRPF, por lo que es importante guardar documentos que puedan confirmar que ese bien que has vendido era tuyo.
Si eres comprador, te tocará pagar un 4% de impuestos por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Sobre cómo realizar estas transacciones para obrar legalmente… Hacienda tiene el trabajo de hacérnoslo entender.
Si te gusta esto, también te puede interesar:
© Sociedad Española de Radio Difusión, S.L.U
© Sociedad Española de Radiodifusión realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados a tal fin de conformidad con el artículo 67.3 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre.