BASES DEL CONCURSO “DIAL TAL CUAL”
Primera.- Objeto
EUROJUEGO STAR S.A. (en adelante EUROJUEGO STAR), con domicilio en C/ Serrano, 41 3ª planta, 28001 de Madrid y CIF A86241684 organiza un concurso interactivo denominado “DIAL TAL CUAL” que se emitirá en el programa DIAL TAL CUAL, dentro de la programación de la cadena CADENA DIAL, de PRISA RADIO. Dicho concurso se ajustará a lo establecido en las presentes bases.
El operador de telecomunicaciones que provee los servicios necesarios para el desarrollo y la participación en los concursos es ALTERNA PROJECT MARKETING S.L., certificada por PriceWaterhouseCoopers (PWC).
Segunda.-Normas aplicables al concurso
EUROJUEGO STAR pone a disposición de los usuarios el número de atención al cliente 902 210 230 y la dirección de correo electrónico info@eurojuego.es
El concurso se rige por las presentes reglas particulares accesibles en la dirección www.eurojuegostar.esy en la web del medio de comunicación, así como por la Reglamentación básica aprobada por Orden EHA/3084/2011, de 8 de noviembre, y sus normas de desarrollo. El mero hecho de la participación, por cualquier de los medios contemplados en estas reglas implica la aceptación incondicional de las mismas, así como del contrato de juego, sin perjuicio de la aceptación expresa posterior de éste en caso de obtención de premio.
Tercera.-Ámbito
El concurso, así como la comunicación del mismo, se efectuará en territorio nacional, a través de los medios publicitarios de PRISA RADIO, operador de medio de comunicación que emitirá el programa.
Cuarta.- Duración
El inicio de la promoción será el sábado 16 de junio de 2012, a las diez horas (10:00 h) y finalizará en el momento que se comunique su finalización. Debido a las características de inmediatez y rapidez del medio de comunicación en el que se publicita el concurso, EUROJUEGO STAR podrá indicar al medio el momento concreto para que los presentadores del programa comuniquen en directo el inicio y fin de la promoción.
Quinta.- Participación
Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años que sean residentes en el territorio español que actúan conforme al procedimiento aquí descrito. No podrán participar los empleados ni sus familiares directos (incluyendo las parejas de hecho), de los organizadores ni del Medio de Comunicación así como sus familiares directos hasta segundo grado de parentesco. Se podrá invalidar cualquier participación de personas que hayan sido asistidas por quienes tienen prohibida su participacióntal y como establece la ley 13/2011 de 27 de Mayo.
Sólo se admitirán veinte (20) participaciones por participante y día. A estos efectos, se considera participante cada número de teléfono desde el que se efectúan llamadas o desde el que se envían mensajes. El operador de juego sólo computará las llamadas o mensajes que no superen dicho límite.
La participación/votación se concretará mediante el registro del participante a través de las siguientes vías:
Enviar un mensaje de texto (SMS) desde un teléfono móvil al número corto con la palabra clave que se publicite en el programa DIALal 23040 (con un coste 1,23€ , impuestos incluidos).
Llamando al 905 44 70 40 (Coste 1,45 € desde red fija y 2 € desde red móvil)
Sexta.- Ganadores
La comunicación de los ganadores se efectuará en directo durante la emisión del programa (en su caso). Posteriormente Eurojuego Star se pondrá en contacto telefónicamente con el ganador dándole un plazo de diez (10) días, a contar desde la fecha de la comunicación, para la aceptación o negativa del premio. Se podrá exigir que la aceptación o renuncia se realice por escrito. Eurojuego Star facilitará la forma de hacerlo.
De no aceptarse el premio en el plazo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el ganador renuncia al mismo. En este caso, los premios se destinarán a una Fundación Benéfica.
Los participantes de la promoción que hubieran resultado ganadores, aceptan que su nombre, apellidos e imagen sea utilizada a efectos de hacer público, en su caso, los resultados de la promoción. Igualmente autorizan a la empresa organizadora a reproducir y utilizar su nombre y apellidos y otros datos, así como de su imagen y/o voz, en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en la que ha resultado ganador, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado.
Los ganadores deberán facilitar a Eurojuego Star, en los quince (15) días siguientes a su designación como ganadores, una fotocopia de su NIF y su número de cuenta bancaria donde percibirán el premio, en caso de que este sea en metálico. Asimismo, los organizadores exigirán al ganador, el justificante telefónico correspondiente de que el SMS ha sido enviado o de que la llamada ha sido realizada y de que se encuentra al corriente de pago con la compañía telefónica, habiendo abonado el importe de dicha llamada o sms. Además, si el ganador no es titular de la línea telefónica desde la que se ha realizado la participación se requerirá la presentación de una autorización, por parte del titular para el uso de dicha línea en la participación en el concurso.
Los organizadores no se hacen responsables de las posibles pérdidas, irregularidades o defectos de los SMS y llamadas. Aquellos mensajes o llamadas telefónicas que tengan alguna irregularidad o no puedan ser legibles no se computarán como mensajes válidos a efectos del concurso. Cualquier reclamación a este respecto deberá ser planteada ante la operadora correspondiente.
El organizador podrá, discrecionalmente, restringir o limitar el acceso a los usuarios que bien sea por realizar un número excesivo de llamadas diarias o bien por cualquiera otra circunstancia o indicador significativo, presenten unas pautas de participación susceptibles de ser interpretadas como ludopatía o propensión anómala e injustificada hacia la participación en el concurso.
El pago del premio obtenido exigirá la apertura de un registro de usuarios a efectos de comprobar la no concurrencia de las prohibiciones subjetivas establecidas en el art. 6 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo de regulación del juego.
El operador únicamente podrá abonar los premios obtenidos por los participantes que no estuvieran incursos en prohibición subjetiva. En todo caso, el operador se atendrá al procedimiento que establezca la Comisión Nacional del Juego para la notificación de los supuestos en que un participante incurso en causa de prohibición subjetiva hubiera obtenido un premio, y a las medidas que, en su caso, hubieren de adoptarse en estos casos.
Septima.- Mecanica del Juego
Los oyentes de CADENA DIAL deberán enviar un sms con la palabra clave DIAL al número sms Premium comunicado en antena durante la promoción. De entre todas las participaciones correctas recibidas se realizarán sorteos en el programa DIAL TAL CUAL, que se emite todos los sábados desde las diez horas (10:00h) hasta las catorce horas (14:00h). En cada sorteo se extraerá un (1) finalista y (4) suplentes.
Octava.- Premios
Los premios que componen el concurso y las fechas en que se darán a conocer los ganadores son:
CUATRO (4) premios consistentes en:
Mil euros (1000 €) a cada ganador.
El reparto de los premios será el siguiente:
Cada sábado se repartirán CUATRO (4) premios de mil euros (1000€) cada uno.
El importe de los premios podrá ser modificado hasta un máximo de 10.000 euros.
Los premios son los descritos en las presentes Bases, prevaleciendo ante posibles errores tipográficos o de locución en la comunicación de los mismos, por lo que los ganadores no podrán solicitar cambio alguno en los premios otorgados.
La probabilidad de obtener uno de los premios será la correspondiente a la división entre el número de participaciones válidas emitidas por un mismo usuario (hasta un máximo de diez diarias) dividido entre el total de participaciones de todos los usuarios.
El plazo de percepción de los premios en metálico se establece el primer día del mes siguiente, una vez transcurridos 30 días naturales a contar desde el momento en que el participante de la promoción remita toda la documentación necesaria y solicitada por Eurojuego Star.
Conforme a la normativa fiscal en vigor, todos los premios con un valor superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda, de IRPF. Se gestionará e ingresará en la Hacienda Pública las cantidades retenidas en nombre de los ganadores.
El derecho al cobro de premios caducará a los tres meses contados desde el día siguiente a la finalización del concurso. En este caso, los premios se destinarán a una Fundación Benéfica.
Novena.- Suspensión o cancelación del concurso
En caso de cancelación o interrupción definitiva del concurso por cualquier causa que impida su desarrollo, así como en el caso de suspensión o aplazamiento, EUROJUEGO STAR adoptará las medidas necesarias para evitar cualquier perjuicio al participante
Décima.- Tratamiento de Datos personales
La organización dispondrá de un fichero de datos con la información remitida por cada participante y sus números de teléfono. Esta información quedará registrada de conformidad con la normativa aplicable. La finalidad por la que se procederá al registro de los datos de los participantes es la gestión de la presente promoción y el envío de comunicaciones comerciales de EUROJUEGO STAR relativas a su actividad de conformidad con el artículo 21 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Undécima.- Protección de Datos y Confidencialidad.
A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, EUROJUEGO STAR informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, a los ficheros automatizados titularidad de aquélla, así como del tratamiento automatizado al que van a ser sometidos con la finalidad de ser empleados tanto en actividades operativas o de gestión de esta iniciativa como para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada con la presente Iniciativa, así como los servicios o los productos del titular. Los destinatarios de la información contenida en el fichero serán los servicios operativos y comerciales de EUROJUEGO STAR.
En cumplimiento de la ley 34/2002, le informamos de que se podrán utilizar sus datos de contacto para que le enviemos prospección comercial de EUROJUEGO STAR y de terceros.
EUROJUEGO, con domicilio en Madrid, Calle Serrano 41 3ª planta, 28001 Madrid, como responsable del fichero, garantiza los participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados, debiendo remitir su solicitud por escrito, junto con copia del DNI, a la Unidad de Protección de Datos. De igual modo, EUROJUEGO STAR se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.
En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:
– Nombre, apellidos y DNI.
– Iniciativa en la que ha participado.
– Derecho que desea solicitar y contenido de su petición.
– Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior
Duodecima.- Atención de Reclamaciones
El participante podrá efectuar sus reclamaciones en relación con el concurso por cualquiera de estas vías:
Por escrito, mediante escrito enviado a EUROJUEGO STAR, S.A.-C/ Serrano, 41 3ª planta, Madrid 28001, a través de la web de Eurojuego Star o través de una llamada número 902 210 230 del Servicio de Atención al Cliente.
De toda reclamación se acusará recibo al participante, facilitándole un número de referencia, que le será comunicado verbalmente si llama al SAC y confirmado por SMS o correo electrónico si el participante facilita esta información.
Se podrán presentar reclamaciones en los tres meses siguientes a la celebración del concurso.
La reclamación será resuelta expresamente en un plazo de un mes desde que sea recibida y notificará su decisión al participante bien por correo postal, bien por correo electrónico bien por SMS, según haya elegido el participante.
Se informa al participante que una vez resuelta la reclamación o, en su caso, transcurrido un mes desde la presentación de la aquella sin que aquél hubiera comunicado su decisión, el participante podrá formular reclamación ante la Comisión Nacional del Juego que resolverá en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que la reclamación tuviera entrada en su registro.
El plazo de caducidad de los premios quedará interrumpido desde la fecha de recepción de la reclamación por el operador hasta la fecha en la que éste hubiera comunicado su decisión al reclamante o, en su caso, hasta la notificación de la resolución de la Comisión Nacional del Juego.
Décimotercera.- Generales
La participación en el concurso DIAL TAL CUAL supone la plena y total aceptación de estas Bases por parte de los participantes, que serán depositadas ante el Notario de Madrid, D. Luis Pérez Escolar. Ante posibles dudas en la interpretación de estas Bases prevalecerá el criterio de los organizadores. Cualquier manifestación en sentido contrario, es decir, de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, Eurojuego Star, quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
Eurojuego Star, se reserva el derecho de anular el concurso en cualquier momento, por causas que así lo justifiquen; supuesto en el que aquellas no podrán hacer uso de los datos facilitados por los concursantes.
Eurojuego Star se reserva el derecho de excluir a aquellos concursantes cuya conducta lo haga aconsejable para el buen desarrollo de la promoción.
Eurojuego Star se reserva el derecho a modificar las presentes Bases en caso de que se aprecie, justificadamente, la concurrencia de circunstancias que pudieran influir en la objetividad y transparencia del concurso. En tal caso, las modificaciones se elevarán de nuevo a público.
Cualquier incidencia que pueda surgir y que no se refleje en estas Bases será resuelta por Eurojuego Star, según su saber y mejor criterio.
La participación en dicha promoción supone la aceptación de las presentes bases incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación.
La participación en esta promoción implica la renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle aceptando los Tribunales y Juzgados de Madrid como competentes para dilucidar cualquier reclamación.